Solicita tu mediación en línea con estos sencillos pasos:
Paso 1
Llena el Formulario de Solicitud en Línea
Accede a nuestro formulario en línea aquí, y completa los datos solicitados. Incluye la información del conflicto que deseas resolver y los datos de las partes involucradas. Cuanto más detallada sea la información, mejor podremos ayudarte.
Paso 2
Realiza el Pago de la Solicitud de Mediación
Una vez enviado el formulario, recibirás instrucciones para realizar el pago correspondiente a la solicitud de mediación. Puedes realizar el pago a través de nuestros métodos disponibles, de manera segura y confiable.

Paso 3
Recibe la Confirmación y tu Factura
Después de realizar el pago, recibirás una confirmación de tu solicitud junto con la factura correspondiente. Este paso garantiza que tu mediación está oficialmente agendada y en proceso.
Paso 4
Recibe la Convocatoria a Audiencia de Mediación
Finalmente, te enviaremos la convocatoria con los detalles para tu audiencia de mediación. Esta convocatoria incluirá la fecha, hora y modalidad (presencial o virtual) de la sesión, así como instrucciones sobre cómo prepararte para el proceso.
PREGUNTAS FRECUENTES
La mediación es un mecanismo alternativo a la justicia ordinaria que se aplica en la gestión de conflictos. En este mecanismo, las personas afectadas por una controversia, buscan la asistencia de un tercero neutral e imparcial a quien se le llama Mediador, con la finalidad de que apoye en la construcción de un camino de diálogo que permita alcanzar acuerdos que sean favorables para las partes.
La mediación es un mecanismo voluntario, flexible, ágil, económico y confidencial para gestionar conflictos. Por lo cual, representa un proceso ágil y simplificado, que no demanda costos excesivos e innecesarios, tanto el proceso como los resultados se mantienen en absoluta reserva y no son de acceso público. Y, finalmente, el acta de mediación está investida de fuerza legal como si se tratara de una sentencia.
Es posible gestionar conflictos como: Fijación, aumento o rebaja de pensiones alimenticias, Régimen de visitas o tenencia de menores de edad, acuerdos de bienes de la sociedad conyugal, incumplimiento de contratos, deudas, conflictos con vecinos, conflictos con inquilinos, controversias con trabajadores o empleadores, acuerdos de bienes hereditarios, reparación por daños materiales en accidentes de tránsito, etcétera.
Una vez concluido el proceso de mediación, todos los acuerdos alcanzados se plasman en un Acta de Mediación para su obligatorio cumplimiento.
El Acta de Mediación tiene efecto de Sentencia Ejecutoriada y Cosa Juzgada, tal como lo establece el artículo 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación.
No es obligatorio asistir a un proceso de mediación en compañía de un abogado. Sin embargo, existen caso en los cuales, debido a la complejidad del conflicto, es recomendable que las personas cuenten con el respaldo de un profesional del derecho.
El Centro de Mediación convoca en segunda oportunidad, para que la audiencia se lleve a cabo en nuevo día y hora. Sin embargo, en caso de ausencia a esta segunda convocatoria, el Mediador extenderá un Acta o Constancia de Imposibilidad de Mediación.
En caso de incumplimiento de uno o varios de los acuerdos establecidos en el Acta de Mediación, se deberá iniciar un proceso de ejecución ante un Juez competente, a fin de que sea quien ordene el inmediato cumplimiento.